CONDICIONES GENERALES DE VENTA
 
1.1 Las ventas realizadas por CARROCERÍAS EGA S.L. se regirán por las presentes Condiciones Generales de Venta (en adelante, “CGV”), excepto en todo aquello que esté expresamente regulado de forma específica en el contrato correspondiente (“Validación de Fabricación”) o en cualquier otro documento complementario expedido y firmado por CARROCERÍAS EGA, S.L. y el Comprador, si lo hubiera. 
Se entenderá por Comprador, toda persona física o jurídica que formalice un contrato con CARROCERÍAS EGA, S.L. a fin de adquirir alguno de los productos fabricados por este último, ya sea como destinatario final, o con el fin de revenderlo o transformarlo.
1.2 Los pedidos se realizarán siempre de la siguiente forma: 1º) CARROCERÍAS EGA, S.L. enviará oferta al Comprador, la cual tendrá una validez de 1 mes a contar desde el envío de la misma; 2º) El Comprador, dentro de dicho plazo de validez, remitirá a CARROCERÍA EGA, S.L., la oferta  firmada, junto con las sugerencias/propuestas que considere oportunas; 3º) Una vez validado el pedido por CARROCERÍAS EGA, S.L., esta enviará al Comprador el documento que denominaremos “Validación de Fabricación”, el cual podrá contener planos si fuera necesario; 
4º) A fin de que el pedido sea definitivamente confirmado, el Comprador enviará a CARROCERÍAS EGA, S.L. la Validación de Fabricación firmada. 
1.3. Se entenderá que se ha producido la Confirmación del Pedido en el momento en el que CARROCERÍAS EGA, S.L. reciba el documento de Validación de Fabricación firmado por el Comprador. Este documento, anula y sustituye cualquier otro contrato o condiciones propuestas por el cliente.
1.4 No se admitirá ninguna anulación de pedido por parte del Comprador, salvo que exista previa conformidad por escrito de CARROCERÍAS EGA S.L., en cuyo caso se entenderá que la indemnización mínima a percibir por CARROCERÍAS EGA S.L. será el 30% del importe del pedido.
1.5 La Entrega de los pedidos se efectuará en el lugar señalado en el contrato o Validación de Fabricación, o acordado posteriormente por las partes. En el caso de que se utilizasen Incoterms, lo serán los de la última versión de los mismos publicada por ICC (International Chamber of Commerce). Si no se hubiera acordado un lugar de entrega concreto, ésta se producirá “EX WORKS” en las dependencias de CARROCERÍAS EGA S.L.
En el momento de la Entrega, el Comprador deberá verificar que el producto se ajusta a las especificaciones y condiciones del contrato (Validación de Fabricación)
1.6 Los eventuales daños o menoscabos que pudieran sobrevenir al objeto del pedido, una vez se haya producido la Entrega por CARROCERÍAS EGA S.L. al Comprador, serán de cuenta exclusiva del Comprador, salvo en caso de que se acredite fehacientemente dolo, culpa o negligencia imputable a CARROCERÍAS EGA S.L.
1.7 Las fechas y plazos de envío o entrega son aproximadas y no serán vinculantes para CARROCERÍAS EGA S.L. Si pese a haber hecho lo razonablemente posible para cumplir una fecha o plazo de entrega o envío contemplados en el contrato o Validación de fabricación, éstos no se cumplieran, dicho incumplimiento no tendrá la consideración de incumplimiento contractual de CARROCERÍAS EGA, S.L. que dé derecho al Comprador a resolver el contrato o a reclamar la indemnización de daños y perjuicios, y CARROCERÍAS EGA S.L. tendrá derecho a una ampliación razonable del plazo o fecha de entrega o envío.
1.8 Si la falta de entrega fuera debida a causas imputables al Comprador, éste deberá efectuar los pagos acordados como si se hubiera producido la Entrega en la fecha acordada.
1.9 Sin perjuicio de su entrega y transmisión del riesgo al Comprador, el objeto de los pedidos serán propiedad de CARROCERÍAS EGA S.L. hasta el pago completo de su precio, y de cualquier otra cantidad adeudada por el comprador por cualquier otro concepto que sea vencida, líquida y exigible y no haya sido satisfecha.
1.10 Los precios excluyen cualquier tributo o gasto relativo a la venta y a su entrega, salvo que estén expresamente incluidos.
1.11 Los precios señalados en los documentos emitidos por CARROCERÍAS EGA S.L. antes de la Validación de Fabricación, no son vinculantes para éste. El precio definitivo será el aplicable en la fecha de la aceptación de pedido (Validación de Fabricación), y será válido exclusivamente para la totalidad del pedido aceptado y en las condiciones aceptadas.
1.12 Salvo pacto en contrario especificado en la Validación de Fabricación, el pago de los pedidos se realizará por transferencia dentro del plazo máximo de sesenta (60) días desde la fecha de la factura, con cobertura CESCE o póliza vigente que se haya acordado.
1.13 CARROCERÍAS EGA S.L. podrá exigir un anticipo parcial o total en aquellos casos en que, por cualquier circunstancia, lo estime oportuno, quedando debidamente señalizado en el contrato.
1.14 En caso de aplazamientos o pagos fraccionados, la falta de pago de cualquiera de los plazos, aunque se trate de uno solo de los plazos estipulados, facultará a CARROCERÍAS EGA S.L. para optar entre declarar el vencimiento anticipado de toda la deuda y exigir su pago inmediato, o recuperar el objeto del pedido, sin necesidad de intervención judicial. El retraso en el pago de cualquier plazo sin perjuicio de lo anteriormente establecido constituirá al Comprador, sin necesidad de requerimiento, en la obligación de satisfacer intereses de demora al tipo de interés legal vigente en cada momento, incrementado en cuatro puntos. También serán a cargo del Comprador los gastos de devolución y tramitación. No justificará el retraso en el pago de los plazos o fracciones, las reclamaciones que pueda formular el Comprador en relación al material adquirido.
1.15 CARROCERÍAS EGA S.L. garantiza que los productos objeto del pedido son aptos para ser comercializados y que están libre de cargas y derechos de terceros.
1.16 El contrato (Validación de Fabricación) está sometido a las garantías definidas por Carrocerías Ega, S.L., que se pueden encontrar en el documento “GARANTIA CARROCERIAS EGA, S.L.”
1.17 CARROCERÍAS EGA, S.L.  no será responsable de los daños y perjuicios que el Comprador pueda sufrir como consecuencia de los actos y omisiones de aquél, sus empleados y representantes en relación al contrato, una vez producida la Entrega del pedido.
1.18 Cualquier asesoramiento técnico proporcionado por CARROCERÍAS EGA S.L. verbalmente, por escrito o mediante la realización de ensayos, antes y/o durante la utilización del objeto del pedido, se facilita de buena fe pero sin la garantía anteriormente mencionada.
1.19 CARROCERÍAS EGA S.L. podrá suspender la ejecución del contrato, sin que ello implique incumplimiento contractual alguno, por sucesos que no pudieran preverse, o que, previstos fueran inevitables y que dificulten o impidan dicha ejecución, mientras esos sucesos duren.
1.20 CARROCERÍAS EGA S.L. deberá notificar por escrito al Comprador la suspensión del contrato, y si ésta durara más de cinco (5) semanas consecutivas, cualquiera de las partes podrá resolverlo previo aviso por escrito, sin perjuicio del derecho de CARROCERÍAS EGA S.L. a cobrar el precio de la parte del pedido fabricado con carácter previo a la suspensión del contrato, y a ser reembolsado de cualquier otro gasto en relación al contrato devengado antes de su resolución.
1.21 El Comprador no podrá ceder, gravar o transferir de cualquier forma el contrato, ni los derechos u obligaciones nacidos del mismo, sin el consentimiento escrito de CARROCERÍAS EGA S.L.
1.22 En el supuesto de que una o varias estipulaciones de estas CGV o de cualquier otra documentación contractual emitida por CARROCERÍAS EGA, S.L. fueran declaradas nulas o de imposible cumplimiento, la validez y cumplimiento de las restantes estipulaciones no se verá afectada en modo alguno, ni quedarán modificadas por dicho motivo.
1.23 Los derechos de CARROCERÍAS EGA, S.L. en relación al Contrato no se entenderán renunciados por la concesión de aplazamientos y otro tipo de indulgencias, o por la falta de ejercicio de las acciones derivadas de los mismos.
1.24 Todas las notificaciones que deban o puedan darse de acuerdo con el contrato, deberán darse por escrito remitido por cualquier medio que deje constancia de la fecha, contenido y recepción por el destinatario, dirigido a las personas y a los lugares señalados en el contrato o notificados por las partes. Las comunicaciones y demás documentos del contrato se redactarán en el idioma del contrato.
1.25 Para la resolución de cualquier cuestión o litigio que pueda surgir entre las partes respecto a la interpretación o cumplimiento del presente contrato, serán competentes los Juzgados y Tribunales de Logroño (La Rioja), España, y sometidos a la legislación española.
 
Condiciones Generales de Venta Rev00 26/08/22